Si has sufrido un incidente o daño en tu relación con la sanidad, es fundamental actuar con orden y rapidez para proteger tus derechos.
A continuación, se detalla la hoja de ruta integral basada en la normativa vigente y las enseñanzas de la jurisprudencia del Tribunal Supremo.
Es tu "prueba reina" y un derecho fundamental. Debes pedir copia íntegra de informes de alta, hojas de evolución, analíticas y pruebas de imagen (radiografías, TAC).
No solo importa el error médico, sino el perjuicio real causado. El daño debe ser efectivo, evaluable e individualizado.
Un abogado determinará si se cumplen los pilares de la responsabilidad: error profesional, daño real y nexo causal. Se debe analizar si el daño es antijurídico, es decir, si el paciente no tiene el deber de soportarlo.
Es el paso más crítico. El perito analizará la lex artis ad hoc: si se actuó correctamente dadas las circunstancias y si el riesgo era proporcionado al caso.
Se traduce el daño físico, moral y económico a una cifra concreta. Factores como la falta de consentimiento informado o la aplicación de técnicas de alto riesgo sin necesidad extrema son determinantes para el éxito.
Tienes un plazo de 1 AÑO desde el hecho o la estabilización de secuelas.
La Administración iniciará una investigación interna. Tienen un máximo de 6 meses para resolver. Podrás revisar el expediente y los informes de la inspección médica.
□ ¿He pedido la historia clínica por escrito?
□ ¿Tengo el consentimiento informado que firmé?
□ ¿He validado con un perito si hubo mala praxis o técnica desproporcionada?
□ ¿Sigo dentro del plazo de 1 año para reclamar?
□ ¿He guardado todas las facturas de gastos?
Recuerda: Reclamar es un acto de dignidad que ayuda a que el sistema aprenda y no repita el error.
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