Existe una creencia extendida, a menudo alimentada por la propia institución sanitaria, de que la medicina es un campo dominado casi exclusivamente por lo imprevisible y el misterio de la biología. Sin embargo, si analizamos la realidad clínica y técnica, la inmensa mayoría de las intervenciones son procesos mecánicos, repetitivos y altamente protocolizados. Al igual que quien construye un puente o pilota un avión, el médico opera en un entorno donde el control de factores y el respeto estricto a la técnica y los protocolos científicos deben garantizar el éxito en la inmensa mayoría de los casos.
Cuando el resultado es catastrófico, la jurisprudencia y la lógica técnica nos enseñan que casi siempre hay un "porqué" identificable que va más allá de la "naturaleza de las cosas".
Es innegable que existen campos de la medicina, como la neurocirugía, donde la frontera entre el éxito y el desastre es extremadamente delgada y a menudo impredecible. Como bien refleja el neurocirujano Henry Marsh, operar sobre el cerebro humano implica lidiar con una complejidad donde la tecnología moderna solo reduce el riesgo hasta cierto punto. Marsh admite que todo cirujano lleva consigo un "pequeño cementerio" de fracasos que son, en ocasiones, inevitables debido a la propia fragilidad del órgano intervenido.
Sin embargo, esta incertidumbre real en intervenciones de vanguardia no puede servir de "cheque en blanco" para justificar resultados adversos en procedimientos estandarizados que cuentan con protocolos de seguridad probados.
La famosa Sentencia de Navarro (Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, de 10 de mayo de 2005, ECLI:ES:TS:2005:2943 (Ver sentencia) ha sido citada frecuentemente para limitar la responsabilidad de la Administración basándose en la "naturaleza de las cosas". Su doctrina sostiene que el riesgo pertenece a la "delicadísima arquitectura que es el viviente humano", cuyos puntos débiles son imposibles de conocer de antemano en su totalidad.
Sin embargo, en esa misma sentencia, existe un voto particular de la magistrada Margarita Robles que pone los pies en la tierra y llama a las cosas por su nombre:
Proporcionalidad y Necesidad: Este voto destaca que la lex artis exige no solo corrección técnica, sino también proporcionalidad y necesidad.
Riesgos Innecesarios: En el caso concreto, se empleó una técnica de alto riesgo (punción carotídea) en un paciente que no presentaba una patología extrema que la justificara. El voto particular es tajante: utilizar una técnica peligrosa cuando no es necesaria constituye, por sí mismo, mala praxis.
Facilidad Probatoria: El voto defiende que es el hospital quien debe demostrar la corrección de su proceder ante un daño evidente, evitando exigir al paciente una "prueba imposible".
Frente a la idea de que los errores son imponderables biológicos, la realidad técnica muestra que los daños suelen tener explicaciones coherentes con fallos en el sistema:
☢️ El tumor que se "desmadra": A menudo ocurre por omitir pruebas diagnósticas básicas o retrasar medios que habrían permitido una detección temprana. Aquí se aplica la Pérdida de Oportunidad, indemnizando la privación de una probabilidad seria de curación.
✂️ El nervio seccionado o la arteria dañada: En cirugías estandarizadas, estas lesiones suelen derivar de una falta de pericia o atención. Si se lesiona un órgano sano distinto al intervenido, entra en juego el Daño Desproporcionado (res ipsa loquitur), donde el resultado sugiere negligencia y desplaza la carga de la prueba hacia la institución.
👶 Discapacidad neonatal: Muchos casos de gran invalidez derivan de no interpretar a tiempo datos técnicos o signos de pérdida de bienestar fetal que exigían una intervención urgente durante el parto.
El consentimiento informado debe ser un proceso que garantice la autonomía del paciente, pero a menudo se pervierte para convertirlo en un descargo de responsabilidad.
El abuso del "Impreso Tipo": El Tribunal Supremo rechaza los formularios genéricos que no concretan los riesgos específicos, calificándolos de meros trámites burocráticos.
No es una "Patente de Corso": Firmar un consentimiento no autoriza al médico a actuar con negligencia ni le libera de su deber de diligencia técnica.
Daño Moral Autónomo: La falta de información adecuada genera responsabilidad por el daño moral de privar al individuo de su capacidad de decidir, independientemente de que la técnica quirúrgica fuera impecable.
No acepte de entrada que un resultado adverso es producto inevitable de la "naturaleza de las cosas". Si bien la neurocirugía nos enseña que el riesgo cero no existe, la mayoría de los eventos médicos negativos son prevenibles mediante el seguimiento estricto de protocolos.
Exija su Historia Clínica: Es el documento indispensable para verificar si se respetaron los medios y la diligencia debida.
Cuestione la Proporcionalidad: Si le aplicaron una técnica de alto riesgo sin necesidad médica proporcional, eso puede ser constitutivo de mala praxis.
Busque el "Porqué" Técnico: Un peritaje especializado puede demostrar que el daño pudo evitarse con cuidado, seriedad y respeto a los protocolos científicos vigentes.
La medicina es una obligación de medios, y el ciudadano tiene el derecho a recibir los mejores medios que la ciencia ofrece hoy, no a soportar sacrificios innecesarios en nombre de una fatalidad biológica que, a menudo, es solo un fallo del sistema sin explicar.
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